3.
Incapacidad por maternidad y enfermedades
no relacionadas con el trabajo
La participación de la mujer en la
fuerza de trabajo es relevante y ha
mostrado una tendencia creciente no
sólo en Norte América sino también
en otros países y regiones del mundo.
En 1998, la fuerza de trabajo femenina
en Norte América fue 83.8 millones
de personas, lo que significó que
4.4 de cada diez trabajadores fueran
mujeres.
Esta sección describe el apoyo económico
para trabajadores que tengan que faltar
temporalmente a su trabajo para tener
un bebé, o cuidar de un bebe o porque
se hayan enfermado por razones no
relacionadas con el trabajo. Entre
estas prestaciones están aquellas
relacionadas con el derecho de los
trabajadores a recibir sus salarios
mientras están ausentes del trabajo
y su derecho a recibir indemnización
por concepto de gastos médicos.
3.1 ¿Durante la incapacidad por
maternidad sigo recibiendo mi salario?
Canadá
No, los permisos de ausencia relacionados
con asuntos familiares permiten que
los trabajadores dejen de trabajar
temporalmente en casos de maternidad,
paternidad o adopción al tiempo que
protege sus empleos durante un periodo
determinado, pero esta ausencia es
sin paga. Sin embargo, tiene derecho
a recibir una prestación en efectivo
por permiso de ausencia relacionado
con asuntos familiares a través del
programa del seguro de empleo. Estos
pagos compensarán parcialmente su
pérdida de ingresos durante su ausencia
del trabajo.
La provincia de Quebec y el gobierno
federal han ampliado los derechos
relacionados con la maternidad. La
legislación en materia de higiene
y seguridad en el trabajo de Quebec
contiene una cláusula preventiva que
estipula que una empleada embarazada
o que esté amamantando y que enfrenta
un riesgo en el lugar de trabajo puede
solicitar un permiso por incapacidad.Esto
va en la misma línea del derecho a
negarse a realizar un trabajo peligroso
y el derecho a la indemnización por
enfermedades o lesiones laborales.
Prestaciones
En muchos aspectos, los requisitos
y los niveles de prestación son similares
a los de las prestaciones normales
del SE. Así, las prestaciones de maternidad
o por asuntos familiares dependen
de cuántas horas haya trabajado antes
de su ausencia. La tasa básica es
del 55 por ciento de sus ingresos
promedio aseguradas, hasta una prestación
máxima de $413 dólares canadienses
a la semana. La cantidad de lo que
reciba semanalmente dependerá de lo
que haya ganado en las últimas veintiséis
semanas. Los trabajadores que reciben
prestaciones del SE de familias de
bajos ingresos y con niños también
reciben el complemento familiar (véase
pregunta 1.1).
Si usted solicita incapacidad por
maternidad, puede cobrar las prestaciones
del SE hasta por ocho semanas antes
de dar a luz. No puede recibir prestaciones
después de diecisiete semanas de la
fecha de nacimiento del bebé, a menos
que éste haya quedado internado en
un hospital. Sin embargo, su cobertura
total no puede exceder de quince semanas.
Además, la prestación de permiso
de ausencia por razones familiares
puede cobrarse hasta por diez semanas
en el caso de padres naturales o adoptivos
mientras atienden a un niño recién
nacido o adoptado. El periodo de la
prestación puede ampliarse a quince
semanas si el niño adoptado sufre
una condición física o psicológica
que requiera de mayores cuidados.
La prestación sólo puede aprovecharse
dentro de las primeras cincuenta y
dos semanas contadas a partir
del nacimiento del niño o, en el caso
de padres adoptivos, a partir de la
fecha en que el niño llegue al hogar.
El solicitante puede cobrar un total
de treinta semanas de prestaciones
especiales dentro de un solo periodo.
En el caso de la provincia de Quebec
una vez que se acepta una reclamación
de una empleada por enfrentar un riesgo
en el lugar de trabajo, la Comisión
de Higiene y Seguridad en el Trabajo
(CSST por sus siglas en francés) establece
que el patrón debe intentar asignar
otras labores a la empleada. Si no
puede ofrecer una alternativa de trabajo,
la empleada tiene derecho a un permiso
por incapacidad con goce de pago.
Si es así, el patrón debe pagar el
sueldo completo de la empleada durante
los primeros cinco días del permiso
por incapacidad, después de lo cual
la CSST se encarga del pago del 90
por ciento del salario neto durante
la vigencia del permiso de incapacidad,
hasta un pago máximo semanal predeterminado.
Requisitos Para recibir esta
prestación usted debe haber trabajado
un mínimo de 700 horas en las cincuenta
y dos semanas anteriores o desde el
inicio de su último periodo de maternidad
o permiso de ausencia por razones
familiares.
Los trabajadores con permiso de ausencia
pueden solicitar la prestación en
Human Resource Centre (Centro de Recursos
Humanos). Los solicitantes deberán
proporcionar su número del seguro
social, su historial de empleo (que
proporciona su patrón) y un certificado
de nacimiento o de adopción.
México
Sí, la legislación laboral mexicana
le da derecho a recibir su salario
completo durante la incapacidad por
maternidad, en un periodo que va desde
seis semanas antes del parto hasta
seis semanas después del parto.
Requisitos
Todas las trabajadoras tienen derecho
a recibir su salario completo en caso
de incapacidad por maternidad. El
Instituto Mexicano del Seguro Social
se encarga de que las trabajadoras
aseguradas del sector privado reciban
esta prestación si a la fecha en que
debiera comenzar el pago del subsidio,
han cotizado por lo menos durante
treinta semanas en los doce meses
anteriores. De otra forma, su patrón
debe pagar su salario completo.
Si la incapacidad por maternidad
se termina y por razones médicas usted
no puede regresar al trabajo, tiene
derecho a recibir un subsidio por
incapacidad. En el caso de los trabajadores
asegurados, este subsidio se amplía
hasta por cincuenta y dos semanas,
siendo equivalente al 60 por ciento
de su último salario asegurado. Si
después de este periodo sigue todavía
sin poder trabajar, el subsidio se
extenderá por veintiséis semanas más.
Para los trabajadores no asegurados
el subsidio es equivalente al 50 por
ciento del salario por un periodo
no mayor de sesenta días.
La trabajadora tiene derecho a regresar
al puesto que desempeñaba siempre
que no haya transcurrido más de un
año de la fecha del parto, y a que
se le computen en su antigüedad los
periodos pre y posnatales.
Estados Unidos
No, usted no tiene derecho a recibir
su salario durante la incapacidad
por maternidad o los permisos de ausencia
por razones familiares, a menos que
su contrato dl trabajo así lo estipule.
Según el Acta de Incapacidad Médica
y Permisos Familiares (Family and
Medical Leave Act), si usted trabaja
para un patrón que tiene más de cincuenta
empleados, tiene derecho a un permiso
sin pago de hasta doce semanas dentro
del periodo de un año contado a partir
del nacimiento o adopción de un niño,
por razones de salud de la familia
o por necesidades personales.6
También puede tomarse días para cuidado
prenatal, enfermedad grave por la
manaña y para recuperarse del parto.
De acuerdo con el Acta de Derechos
Civiles (Civil Rights Act of 1964)
no la pueden despedir ni la pueden
obligar a solicitar incapacidad por
estar embarazada. Además, su patrón
no tiene derecho a quitarle créditos
por años anteriores, prestaciones
acumuladas de retiro o por antigüedad
al solicitar la incapacidad por maternidad.
El Acta de Discriminacion por Embarazo
(Pregnancy Discrimination Act)
que es un adendum del Acta de Derechos
Civiles establece que las mujeres
embarazadas o afectadas por causas
relacionadas al embarazo deben ser
tratadas en iguales condiciones a
otros trabajadores con las mismas
habilidades o limitaciones.
3.2 ¿Quién paga los gastos médicos
durante mi incapacidad por maternidad?
Canadá
En Canadá la atención médica no es
una prestación laboral; está financiada
con fondos públicos y tanto trabajadores
como no trabajadores tienen acceso
a ella. Sus gastos médicos están financiados
por los impuestos federales.
México
Su seguro de enfermedades y maternidad
cubre sus gastos médicos en caso de
enfermedad o incapacidad por maternidad.
Este seguro es obligatorio para todos
los empleados públicos y privados.
Si usted trabaja para una empresa
privada, usted, el patrón y el gobierno
compartirán los gastos médicos. La
contribución del patrón al Instituto
Mexicano del Seguro Social es
equivalente al 13.9 por ciento del
salario mínimo general en el Distrito
Federal. Cuando el salario base de
cotización sea mayor a tres veces
el salario mínimo en el Distrito Federal,
el patrón cubrirá una cuota adicional
equivalente a 6 por ciento de la diferencia
entre el salario base de cotización
y tres veces el salario mínimo citado.
Los trabajadores pagarán una cuota
de 2 por ciento. El gobierno federal
contribuirá con el 13.9 por ciento
del salario mínimo en el Distrito
Federal por cada trabajador asegurado.
Estados Unidos
El seguro médico para los empleados
es meramente voluntario. No hay ninguna
ley federal que exija que los patrones
proporcionen o paguen un seguro médico.
Sin embargo, usted tiene derecho a
esta prestación si su patrón le ofrece
proporcionar el seguro médico.
3.3 Si me enfermo por causas no
relacionadas con mi empleo y no puedo
trabajar, ¿puedo continuar recibiendo
mi salario?
Canadá
Por medio del seguro de empleo, todos
los trabajadores tienen derecho a
recibir apoyo económico temporal cuando
se enferman. Esto es para compensarlo
por los ingresos que haya perdido
mientras no pueda trabajar a causa
de la enfermedad. Los pagos y los
requisitos para recibirlos son los
mismos que en caso de las personas
que pierden su empleo (ver pregunta
1.1).
México
No, la LFT establece que el patrón
no está obligado en ningún momento
a pagar el salario del trabajador
en caso de enfermedad no profesional.
Sin embargo, si usted trabaja en una
compañía privada y está asegurado
por el Instituto Mexicano del Seguro
Social, su seguro de enfermedades
y maternidad le da derecho a recibir
un subsidio equivalente al 60 por
ciento de su último salario asegurado,
a partir del cuarto día del inicio
de la incapacidad. Una vez que usted
empieza a recibir el subsidio, su
patrón no tendrá la obligación de
pagar su salario.
Requisitos
El Instituto Mexicano del Seguro
Social (IMSS) le da derecho a los
trabajadores del sector privado a
recibir prestaciones económicas si
han pagado sus cuotas por lo menos
durante cuatro semanas inmediatas
anteriores a la enfermedad. De otra
forma, su patrón debe pagarle su salario
completo. Si usted es un trabajador
eventual, tiene derecho a recibir
la prestación si ha pagado sus cuotas
por lo menos durante seis semanas
durante los cuatro meses anteriores
a su enfermedad.
Las prestaciones en dinero se pagan
hasta por cincuenta y dos semanas.
Si por razones médicas no puede todavía
trabajar, el subsidio se extenderá
veintiséis semanas más. Esta prestación
se suspenderá si usted no cumple o
suspende el tratamiento médico sin
la autorización debida.
Estados Unidos No hay ninguna
Ley federal que exija que los patrones
paguen a sus trabajadores cuando están
enfermos. Sin embargo, la mayor parte
de los patrones ofrecen a sus empleados
la prestación de ausencia por enfermedad
que les permite continuar recibiendo
sus salarios durante ciertos periodos
en que tienen que faltar al trabajo
por enfermedad. Los empleados deben
por lo general acumular días de permisos
personales o por enfermedad antes
de tener derecho a un permiso pagado.
Beneficios Por lo general
los empleados reciben el 100 por ciento
de su sueldo o salario regular durante
los permisos por enfermedad. En ocasiones
los patrones ofrecen la prestación
del seguro de incapacidad que cubre
ausencias que se extienden más de
una semana o más allá de la cantidad
de permisos por enfermedad que un
empleado haya acumulado. Estos programas
pagan por lo general menos del 100
por ciento del salario regular del
empleado y pueden requerir pagos adicionales
de los patrones para dicho seguro.
Si usted trabaja en una empresa que
tiene por lo menos cincuenta empleados
y tiene por lo menos doce meses de
antigüedad, tiene derecho a tener
un permiso de hasta doce semanas de
trabajo sin paga durante cualquier
periodo de doce meses por ciertas
razones (Family and Medical Leave
Act). Entre las razones que están
cubiertas está alguna condición seria
de salud que tenga que ver con el
empleado (cuando sea incapaz de realizar
una o más funciones esenciales para
el trabajo) o con un familiar inmediato
(cónyuge, hijos o padres).
3.4 ¿Quién paga mis gastos médicos
cuando estoy enfermo?
Canadá
En Canadá la atención médica no es
una prestación laboral; está financiada
con fondos públicos y tanto trabajadores
como no trabajadores tienen acceso
a ella. Sus gastos médicos están financiados
por los impuestos federales.
México
Si usted trabaja para una empresa
privada su seguro de enfermedades
y maternidad le da derecho a recibir
atención médica y quirúrgica, farmacéutica
y hospitalización cuando sea necesario
hasta por cincuenta y dos semanas.
Si después de este periodo usted continua
enfermo tiene derecho a recibir atención
médica por veintiséis semanas más.
Usted, su patrón y el gobierno se
reparten el costo de los gastos médicos.
La contribución del patrón al Instituto
Mexicano del Seguro Social es
equivalente al 13.9 por ciento del
salario mínimo general en el Distrito
Federal. Cuando el salario base de
cotización sea mayor a tres veces
el salario mínimo en el Distrito Federal,
el patrón cubrirá una cuota adicional
equivalente al 6 por ciento de la
diferencia entre el salario base de
cotización y tres veces el salario
mínimo citado, los trabajadores pagarán
una cuota del 2 por ciento. El gobierno
federal contribuirá con el 13.9 por
ciento del salario mínimo en el Distrito
Federal por cada trabajador asegurado.
Estados Unidos
Ninguna ley federal exige a los patrones
pagar a los trabajadores cuando estén
enfermos. El otorgamiento de un seguro
médico para empleados es meramente
voluntario. Sin embargo, usted tendrá
derecho a este beneficio si su patrón
le ofrece proporcionarle seguro médico.
Un patrón no puede ofrecer seguro
médico a unos trabajadores y a otros
no.
6 La
cobertura de la Ley de Incapacidad
Médica y Permisos Familiares de Maine
(Maine Family Medical Leave Law)
fue ampliada para incluir a los empleados
que trabajan para compañías más pequeñas.
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