Apéndice
A: Derechos de las mujeres trabajadoras
en América del Norte
Igualdad en el empleo y en los salarios
| Canadá |
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La Carta Canadiense de Derechos y Libertades de 1982 (Canadian
Charter of Rights and Freedom);
el Acta de Derechos Humanos Canadiense
(Canadian Human Rights Act); el
Código del Trabajo Canadiense
de 1970 (Canada Labor Code), y
varias leyes provinciales y legislaciones
sobre los derechos humanos protegen
a los trabajadores canadienses
contra la discriminación salarial.
Estas actas y códigos establecen
que los hombres y las mujeres
deben recibir igual salario para
igual trabajo, y prohíben la discriminación
por condición de sexo.
El Acta de Igualdad en el Empleo de 1986 (Employment Equity Act) establece
la obligación de los patrones en la jurisdicción federal de cambiar las
prácticas en el trabajo que signifiquen barreras para las mujeres, para los
trabajadores con discapacidad y para los grupos minoritarios. Los patrones
deben desarrollar y poner en marcha planes de empleo equitativos que
garanticen que no se niegue a estos grupos las oportunidades de empleo y
los beneficios por razones no relacionadas con sus habilidades laborales.
La nueva Acta de Igualdad en el Empleo que entró en vigor en 1996 extiende
los beneficios de igualdad en el trabajo a los empleados del gobierno
federal.
La Carta Canadiense de Derechos y Libertades de 1995 (Canadian Charter of
Rights and Freedom) protege a todos los trabajadores de la discriminación
por sexo de cualquier acción del gobierno. |
| Estados Unidos |
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El Acta de Igualdad en el Pago de 1963 (Equal Pay Act)
modificó el Acta de Prácticas
Laborales Justas (Fair Labor Standard
Act) con el objeto de prohibir
la discriminación salarial por
razones de sexo. Establece la
obligación de los patrones de
pagar iguales salarios a hombres
y mujeres que realizan el mismo
trabajo, el cual requiere el mismo
esfuerzo, habilidad y responsabilidad
y es realizado en las mismas condiciones.
Son permitidas las diferencias
salariales por antigüedad, por
sistema de méritos o por sistema
de pago por cantidad o calidad
de la producción. Los patrones
no pueden reducir los salarios
de ningún empleado a efecto de
eliminar las diferencias salariales.
El Título VII del Acta de los Derechos Civiles de 1964 prohíbe la
discriminación salarial por sexo, raza, religión, color de piel y por país
de origen. También protege a los trabajadores en otros aspectos del trabajo.
Los patrones no deben discriminar a las personas en la contratación, en el
entrenamiento, ni en la promoción a otros puestos. Tampoco pueden
discriminar en los términos y en las condiciones de trabajo. Este Título
VII comprende a todos los patrones de los sectores público y privado con 15
o más trabajadores, a las agencias de empleo públicas y privadas, a las
organizaciones de trabajadores con más de 15 miembros, y a los comités
trabajadores-empresa con programas para aprendices y de entrenamiento.
El Acta de Discriminación en el Empleo por Edad de 1967 (Age Discrimination
in Employment Act) prohíbe la discriminación en el empleo para los
individuos de 40 años o más de edad. Específicamente prohíbe la
discriminación en la contratación, el despido, los salarios, los
beneficios, el entrenamiento, la promoción y en otras prácticas
laborales.
Las personas discapacitadas también están protegidas por el Título I del
Acta de Estadounidenses con Incapacidad de 1990 (Americans with
Disabilities Act) que prohíbe la discriminación en el empleo por
incapacidad en los sectores público y privado, excluye el gobierno federal.
La sección 501 del Acta de Rehabilitación de 1973 (Rehabilitation Act)
prohíbe la discriminación en el empleo de los empleados federales con
discapacidad. La sección 503 prohíbe la discriminación y demanda acciones
en todas las prácticas personales para los individuos discapacitados que
califiquen. |
| México |
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La igualdad de las personas ante la ley está garantizada
en la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
En el artículo primero establece
que todo individuo gozará de las
garantías que otorga esta Constitución,
las cuales no podrán restringirse,
ni suspenderse, sino en los casos
y con las condiciones que ella
misma establece. Asimismo, en
el artículo 4, establece que el
varón y la mujer son iguales ante
la ley.
El derecho de las mujeres a tener igualdad de oportunidades que los hombres
se establece en los artículos 3 y 164 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
El primer artículo señala que no podrán establecerse distinciones entre
los trabajadores con motivo de raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina
poliítica o condición social. El segundo artículo establece que las mujeres
disfrutan de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones que los
hombres.
El artículo 133, fracción I, de la LFT señala que queda prohibido a los
patrones negarse a aceptar trabajadores por razones de edad o de su sexo.
El artículo 123 de la Constitución, fracción VII, y el artículo 876 de la
LFT establecen que a trabajo igual, desempeñado en puesto, jornada y
condiciones de eficiencia también iguales, debe corresponder salario
igual. |
Maternidad / permisos de ausencia en el trabajo
de las familias
| Canadá |
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Cada provincia tiene su propia legislación sobre la duración
y los requisitos para disfrutar
de los beneficios por ausencia
temporal en el trabajo. Por maternidad,
se proporcionan entre 15 y 17
semanas sin goce de sueldo, dependiendo
de la jurisdicción. En algunas
provincias, para ser elegible,
el trabajador debe haber trabajado
con el mismo patrón un mínimo
de tiempo que fluctúa entre 6
y 20 semanas. Generalmente, el
trabajador tiene derecho a regresar
al mismo puesto, o a uno equivalente
con el mismo sueldo y los mismos
beneficios.
En la mayoría de las jurisdicciones también se proporcionan permisos para
ausentarse temporalmente del trabajo a los padres naturales o adoptivos.
Este periodo de ausencia es de hasta 17 semanas y puede ser obtenido por
uno o ambos padres, en la mayoría de los casos los padres pueden compartir
los permisos de ausencia. En algunas jurisdicciones los padres adoptivos
sólo tienen derecho a permisos por corto tiempo.
Los beneficios en efectivo se proporcionan por medio del Seguro de Empleo
(Employment Insurance, EI) y pueden ser disfrutados por la mujer
embarazada, la que dio a luz, la que adopta un bebé o por la que
proporciona cuidados a un recién nacido. La tasa de beneficio básica
equivale a 55 por ciento del ingreso asegurado del trabajador, con un
máximo de 413 dólares canadienses a la semana. Las mujeres que salgan de la
fuerza de trabajo para cuidar a sus hijos tendrán derecho a los beneficios
del empleo activo del EI si han recibido beneficios por maternidad o
paternidad en los últimos cinco años.
Las familias de bajos ingresos (menos de 25,921 dólares canadienses al año)
pueden recibir mayores beneficios. |
| Estados Unidos |
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El Título VII del Acta de los Derechos Civiles de 1994
(Civil Rights Act), modificada
por el Acta de Discriminación
por Embarazo (Pregnancy Discrimination
Act), específicamente prohíbe
la discriminación por embarazo.
Los patrones no pueden: despedir
a una mujer por estar embarazada;
o forzarla a dejar su trabajo
por estar embarazada, o disminuir
sus derechos cuando se reincorpora
al trabajo, lo que incluye beneficios
de retiro o de antigüedad. La
ley establece que las mujeres
embarazadas, las que den a luz
o aquellas afectadas por condiciones
médicas relacionadas, deben ser
tratadas en la misma forma que
las personas con las mismas habilidades
o inhabilidades para trabajar,
en términos de condiciones de
empleo, incluyendo el derecho
a recibir los mismos beneficios
El Acta de Permisos por Razones Familiares y de Salud de 1993 (Family and
Medical Leave Act, FMLA) establece que los patrones deben garantizar a los
empleados hasta un total de 12 semanas de licencia sin goce de sueldo
dentro de los siguientes 12 meses, por cualquiera de estas razones:
- por el nacimiento y para el cuidado de un nuevo bebé del trabajador;
- por la adopción o para el cuidado de un niño;
- para cuidar a un miembro familiar cercano con graves problemas de salud, o
- por permiso médico para ausentarse del trabajo por problemas serios
de salud del trabajador.
La FMLA es obligatoria para todos los patrones del sector público y privado
que tengan 50 o más trabajadores en el comercio o en cualquier otra
actividad económica relacionada con éste. Para poder disfrutar de los
beneficios el trabajador debe haber trabajado para el mismo empleador un
total de 12 meses y al menos 1,250 horas en los últimos 12
meses. |
| México |
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El artículo 170 de la LFT establece la obligación de los
patrones de proporcionar a las
mujeres trabajadoras seis semanas
de descanso antes y seis después
del parto. Durante este periodo
percibirán su salario íntegro.
Este lapso se podrá prorrogar
por el tiempo necesario en el
caso de que se encuentren imposibilitadas
para trabajar a causa del embarazo
o del parto, en este caso tendrán
derecho a 50 por ciento de su
salario por un periodo no mayor
de 60 días. Durante el periodo
de lactancia, las mujeres tendrán
derecho a disfrutar diariamente
de dos reposos extraordinarios
de media hora cada uno para alimentar
a sus hijos. El artículo 170 de
la LFT también establece que la
mujer tiene derecho a regresar
al puesto que desempeñaba, siempre
que no haya transcurrido más de
un año de la fecha del parto.
Asimismo, tiene derecho a que
se computen en su antigüedad los
periodos pre y posnatales.
El artículo 109 de la Ley del Seguro Social (LSS) establece que las
trabajadoras aseguradas que pierdan su empleo, y hayan cubierto un mínimo de
ocho cotizaciones semanales ininterrumpidas ante el Instituto Mexicano del
Seguro Social, conservarán durante las ocho semanas posteriores a la
desocupación, el derecho a recibir la asistencia médica, de maternidad,
quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria. Asimismo, las
trabajadoras que se encuentren en huelga recibirán las prestaciones médicas
durante el tiempo que dure ésta. Esta presentación también se otorga a los
trabajadores hombres. |
Seguro de desempleo
| Canadá |
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Los trabajadores que pierdan su empleo por razones involuntarias
y que hayan trabajado un mínimo
de horas durante el año anterior,
tienen el derecho a solicitar
el seguro del empleo (SE). Los
beneficios equivalen a 55 por
ciento del ingreso asegurado,
con un máximo de 413 dólares canadienses
semanales. La cantidad de beneficio
semanal dependerá de los ingresos
del trabajador en las últimas
26 semanas. Los solicitantes pueden
recibir beneficios entre 14 y
45 semanas dependiendo de la tasa
de desempleo de la provincia y
del número de horas trabajadas.
El mínimo de horas para calificar
varía entre 420 y 700 horas, dependiendo
de la tasa de desempleo regional.
En el caso de los trabajadores
de nuevo ingreso o de los reingresantes
el mínimo es de 910 horas. Los
trabajadores de tiempo parcial
que cumplan con las horas mínimas
para calificar también gozarán
de los beneficios del SE.
El SE es financiado por contribuciones de los trabajadores y de los
patrones. La contribución del trabajador es equivalente al 2.9 por ciento
de su salario bruto, hasta un máximo anual de 1131 dólares canadienses. Los
patrones pagarán 1.4 veces la cantidad aportada por los trabajadores.
Los trabajadores asegurados con niños y con un ingreso neto anual menor a
25,921 dólares canadienses tendrá derecho a un pago complementario (Family
Income Supplement). |
| Estados Unidos |
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Todos los trabajadores desempleados involuntariamente
reciben un ingreso temporal. Cada
estado establece la cantidad semanal
y los pagos totales por desempleo.
Generalmente los trabajadores
desempleados reciben 50 por ciento
de su salario promedio bruto en
las últimas 52 semanas. Los beneficios
máximos fluctúan entre 180 y 359
dólares estadounidenses por semana,
dependiendo del estado. La mayoría
de los estados limita la duración
de los pagos a un máximo de 26
semanas, aunque en algunos estados
los beneficios pueden extenderse
hasta 30 semanas.
Los patrones financian el seguro del desempleo por medio de un impuesto
federal sobre los salarios pagados. Además de recursos del gobierno
federal. |
| México |
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No se cuenta con un seguro de desempleo; sin embargo,
la LFT en los artículos 50 y 52
establece la obligación de pagar
a los trabajadores despedidos
injustificadamente una indemnización.
Estos trabajadores también tienen
la opción de ser reinstalados
en su trabajo. Los trabajadores
despedidos injustificadamente
con una relación de trabajo por
tiempo determinado menor a un
año tienen derecho a recibir una
cantidad igual a la mitad del
salario recibido en el tiempo
de servicio prestado. Si la relación
de trabajo excede un año, recibirán
un monto equivalente a seis meses
de salario por el primer año de
servicio y veinte días por cada
año siguiente.
Si la relación de trabajo es por tiempo indeterminado se le otorga al
trabajador un pago igual a tres meses de salario. Tiene también derecho a
recibir el pago de los salarios vencidos desde la fecha del despido hasta
que se paguen las indemnizaciones. Si el trabajador opta por la
reinstalación y el patrón se niega tiene derecho además a recibir veinte
días de salario por cada año de servicio.
Todos los trabajadores por tiempo indeterminado tienen derecho a recibir
una “prima de antigüedad” que es igual a 12 días de salario por cada año de
servicio, independientemente de sí el despido es por razones justificadas o
injustificadas. Este beneficio también incluye a los trabajadores que
renuncien voluntariamente a su trabajo con 15 años o más de antigüedad con
el mismo patrón. Esta prima se cubrirá a los trabajadores o sus
beneficiarios, independiente de cualquier otra prestación que les
corresponda. |
Seguridad social / plan de pensiones
| Canadá |
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El Plan de Pensiones Canadá (PPC) protege a los trabajadores
contribuyentes y a sus familias
por la pérdida de ingreso debido
a retiro, incapacidad o muerte.
El PPC cubre a casi todos los
asalariados y los trabajadores
por su cuenta en Canadá que se
encuentran en un rango de edades
entre 18 y 70 años y con un ingreso
mayor al mínimo anual igual a
3500 dólares canadienses. Quebec
tiene su propio plan de pensiones
que es similar pero no idéntico.
El PPC es financiado con contribuciones
de los asalariados, los patrones
y los trabajadores por cuenta
propia, así como con los intereses
del Fondo del Plan de Pensiones
de Canadá.
Cualquier persona que ha hecho al menos una contribución válida al PPC
tiene derecho a recibir una pensión de retiro. La pensión mensual por retiro
para las personas de 65 años es igual a 25 por ciento del promedio mensual
de los ingresos pensionables del trabajador durante el periodo de
contribuciones. Todos los beneficios, excepto aquéllos por muerte, son
ajustados en enero de cada año tomando en cuenta el Índice Nacional de
Precios al Consumidor.
El PPC es financiado por un impuesto de 5.6 por ciento sobre la nómina que
se paga en partes iguales entre el patrón y los trabajadores. Los
trabajadores pueden también pagar un plan de retiro individual que es
diferible del pago de impuestos.
Todos los trabajadores canadienses, incluyendo los pensionados, están
cubiertos por un sistema de salud universal financiado con recursos del
gobierno. |
| Estados Unidos |
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El Sistema de Seguridad Social
(Social Security) es un plan de
pensiones público que incluye
pensiones por retiro, seguro de
incapacidad y beneficios familiares
y para los dependientes en caso
de muerte. El Sistema es financiado
con un impuesto de 15.3 por ciento
pagado en partes iguales por los
patrones y los empleados. El máximo
de ingreso pensionable es de 62,700
dólares estadounidenses en 1996.
Los patrones y los empleados pueden
también optar también por establecer
planes privados de pensiones,
que pueden ser diferibles del
pago de impuestos.
Medicare proporciona seguro de atención médica a las personas de 65 años y
más, a las que tienen problemas permanentes del riñón, y a ciertas personas
discapacitadas. Medicare tiene dos partes: seguro para gastos de hospital
(parte A) y seguro para gastos médicos (parte B). La primera ayuda a cubrir
los gastos de hospital, enfermeras y otros servicios. El segundo ayuda a
cubrir los honorarios de doctores, consultas médicas y medicinas.
Medicaid es un programa federal-estatal de seguridad que proporciona
asistencia médica a ciertos individuos y familias con bajos
ingresos. |
| México |
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El Sistema de Seguridad Social
del Instituto Mexicano del Seguro
Social (IMSS) comprende los siguientes
seguros: riesgos de trabajo, enfermedades
y maternidad; invalidez y vida;
retiro, cesantía en edad avanzada
y vejez; guardería y prestaciones
sociales.
El sistema es financiado por cuotas de los patrones y los trabajadores y por
contribuciones del gobierno federal. La aportación del patrón es de 8.5 por
ciento del salario base de cotización (SBC) más 13.9 por ciento del salario
mínimo mensual en el Distrito Federal (SMDF) por seguro de enfermedad y
maternidad, más una parte variable por seguro de riesgos de trabajo. El
trabajador aporta 2 por ciento de su salario base de cotización. En el caso
de los trabajadores que perciben el salario mínimo corresponde a los
patrones el pago íntegro de la cuota.
El IMSS ofrece servicios de guarderías para los hijos de las trabajadoras
aseguradas desde la edad de 43 días hasta que cumplan cuatro años como lo
indica el artículo 206 de la LSS. El monto de la cuota es cubierto
totalmente por el empleador de conformidad con el artículo 212. La
trabajadora que pierda su empleo tiene derecho al servicio de guardería por
cuatro semanas más de acuerdo con el artículo 207.
A partir de julio de 1997, las contribuciones del seguro de retiro son
manejadas en cuentas individuales por empresas privadas denominadas
Administradoras de Fondos para el Retiro de los Trabajadores
(AFORES). |
Indemnizaciones por riesgos de trabajo
| Canadá |
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Los programas de compensación (Workers’ Compensation Program)
apoyan a los trabajadores con
ayuda médica y otros gastos y
con pagos en efectivo cuando tienen
un accidente o contraen una enfermedad
con motivo del trabajo.
El programa cubre a los trabajadores de tiempo completo y a los de tiempo parcial.
Las indemnizaciones en efectivo están en función del ingreso asegurable del
trabajador al momento de ocurrir el accidente o cuando la enfermedad ha sido
dictaminada. Los programas provinciales aseguran entre 75 y 90 por ciento del
ingreso neto con un máximo que fluctúan entre 38,600 y 56,000 dólares canadienses,
dependiendo de la provincia.
El sistema nacional de salud proporcionará todos los servicios médicos y de
rehabilitación que sean necesarios y que resulten por motivo de un accidente o
enfermedad de trabajo. Las oficinas de compensación para los trabajadores cubren
todos los costos.
Los patrones financian el programa. Las contribuciones varían dependiendo de la
actividad de la empresa, del riesgo asociado, del número de trabajadores y de su
ingreso. |
| Estados Unidos |
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El sistema estatal de compensaciones (Workers’ Compensation
System) compensa al trabajador
por los ingresos perdidos cuando
no puede trabajar por motivo de
un accidente o enfermedad de trabajo.
Las compensaciones por incapacidad
temporal varían de estado a estado.
Los beneficios fluctúan entre
66.6 y 88 por ciento de los ingresos
asegurados. Los pagos semanales
se limitan a un mínimo y un máximo,
por lo general como porcentaje
del salario promedio semanal del
estado. La duración de los pagos
varía también de estado a estado;
en algunos estados los pagos se
realizan durante todo el periodo
de incapacidad, mientras que en
otros los pagos se hacen solamente
durante un periodo limitado.
El sistema de compensación de los trabajadores también le da derecho a
recibir la atención médica que se requiera con motivo de un accidente o
enfermedad de trabajo. La cobertura médica incluye los honorarios de los
doctores, hospitales, enfermeras (incluyendo atención en el hogar), terapia
física, dentistas, quiroprácticos y aparatos de prótesis y ortopedia.
El sistema se financia con un impuesto que paga el patrón y que varía de
acuerdo con la clasificación de riesgo de la empresa |
| México |
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El artículo 123, apartado A, fracción XIV de la Constitución,
establece que los empresarios
son responsables de los accidentes
de trabajo y de las enfermedades
profesionales de los trabajadores,
sufridas con motivo o en ejercicio
de la profesión o trabajo que
ejecuten. Los patrones deberán
pagar la indemnización por muerte
o incapacidad temporal o permanente
que resulte con motivo de un accidente
o enfermedad de trabajo, de acuerdo
con lo que las leyes determinen.
Esta responsabilidad subsistirá
aun en el caso de que el patrón
contrate el trabajo por un intermediario.
El artículo 487 de la LFT establece
que los trabajadores que sufran
un riesgo de trabajo tendrán derecho
a asistencia médica y quirúrgica,
rehabilitación, hospitalización,
medicamentos, aparatos de prótesis
y ortopedia e indemnización.
Si el accidente ocasiona al trabajador una incapacidad temporal, la
indemnización consistirá en el pago íntegro de su salario mientras dure la
inhabilitación hasta por 52 semanas. Posteriormente, si de acuerdo con
exámenes médicos el trabajador no puede regresar a su trabajo, puede
continuar con el tratamiento médico y recibir la misma compensación hasta
que la incapacidad sea declarada total o parcial.
Cuando la incapacidad sea permanente recibirá una pensión mensual definitiva
equivalente a 70 por ciento de su salario de cotización de acuerdo con el
artículo 58 de la Ley del Seguro Social (LSS). El artículo 71 señala que la
cuota por riesgos de trabajo la paga íntegramente el patrón, de acuerdo con
la clasificación de riesgo de la actividad y del monto del salario de
cotización del trabajador.
Con el objeto de proteger la salud de la mujer, el artículo 166 de la LFT
establece que no se podrá utilizar el trabajo de las mujeres embarazadas o
en periodo de lactancia, sin perjuicio en su salario y prestaciones, en
labores insalubres o peligrosas, trabajo nocturno industrial, en
establecimientos comerciales o de servicios después de la diez de la noche,
así como en horas extraodinarias. |
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